1 / 2
Embajada de la República de Corea en el Reino de España
Departamento Consular, Sección de Visados Calle González Amigó, 15, 28033 Madrid
Consultas sobre visados : [email protected] – web: http://overseas.mofa.go.kr/es-es/index.do
Los ciudadanos españoles que viajen a la República de Corea por motivos de turismo, estudios, visitas familiares, conferencias o reuniones, siempre que no sea con fines lucrativos y su estancia no supere los 90 días no necesitan visado. Así, el viajero español que cumpliera esos requisitos solo necesitaría el pasaporte en vigor y el billete de avión de ida y vuelta con una estancia máxima de 90 días. La solicitud del visado deberá presentarse mediante el formulario (Application for Visa, DESCARGAR). Para solicitar un visado en esta Embajada se debe obligatoriamente solicitar CITA PREVIA a través del servicio de cita previa automatizada, PULSE AQUÍ. * No se presente en el Consulado sin cita, pues podría no ser atendido.
※ Sección de Visados
Para la tramitación del visado, el interesado deberá acudir PERSONALMENTE al Consulado de la Embajada de la República de Corea en Madrid con cita previa. El visado no se puede solicitar por correo, fax, agencias externas ni representantes familiares.
A) Para solicitar cita a través del servicio de cita previa automatizada, PULSE AQUÍ
B) Gestión de visados presencial con cita previa : martes, miércoles y jueves de 10:00 a 13:30 horas.
* No debería Vd. solicitar visado hasta que no obre en su poder la totalidad de la documentació n necesaria.
※ Recuerde que es imprescindible presentar toda la documentación completa para evitar retrasos o tener que volver de nuevo.
Para la petición de visado será necesario aportar los siguientes documentos:
Turismo (estancia inferior a 90 días) C-3-9:
Los documentos deben ser presentados, en tamaño A4, en español, inglés o coreano, en el siguiente orden (los expedientes incompletos no serán admitidos):
1. Formulario debidamente rellenado en letras mayúsculas y firmado. (Application for Visa, DESCARGAR) Pegar una foto en color (fondo blanco 3.5 x 4.5 cm, cara de 2 a 2.5 cm) reciente. No se admiten fotocopias de foto ni fotos escaneadas. Las solicitudes que resulten ilegibles serán rechazadas.
2. Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses. No será aceptada la solicitud si el pasaporte ha sido alterado, roto o dañado. El trámite de visado tarda aproximadamente unas 2 o 3 semanas. Durante las temporadas de alta demanda de visado, de junio a agosto y de diciembre a febrero, el trámite podría demorarse más de un mes.
3. Una fotocopia de la hoja biográfica del pasaporte.
4. Una fotocopia y original de su Permiso de Residencia español en vigor.
2 / 2
5. Certificado de Inscripción Consular original (o en fotocopia compulsada) actualizado del registro de su país en España (Embajada o Consulados) ▶ Consultar con su Embajada o Consulado en España
6. Certificado original de los movimientos bancarios de los tres últimos meses con el sello de la entidad bancaria. El saldo actual de la cuenta tiene que ser superior a 3.000 (tres mil) euros (este documento tiene válidez de una semana a partir del día de expedición).
7. Programa de la reserva de vuelo (Plan de vuelo, Flight Schedule).
8. Reserva confirmada de alojamiento(Hotel, Hostal, etc.)
- Si se queda en una casa privada en vez de alojarse en un hotel, necesitamos recibir la carta de invitación original (no fotocopia ni escaneada) legalizada por notario coreano. Esta carta tendrá que preparar su familiar o amigo desde Corea, poniendo claramente los siguientes datos; Datos personales del anfitrión y del invitado, relacion entre ambas personas, motivo de invitación, duración de invitación, el lugar de alojamiento, grantía de identidad. También hay que aportar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia coreana y el pasaporte del anfitrión.
9. Plan escrito sobre su itinerario detalladamente del primer día al último día de estancia.
10. Las tasas por la emisión del visado son 35,20 euros (Las tasas varían dependiendo de la nacionalidad del interesado, el tipo de visado y la duración de la visita). ▶ Por favor, faciliten el cambio. El visado se dispone de un máximo de 3 meses para hacer uso desde la fecha de emisión.
11. El Consulado podrá solicitar documentos adicionales no mencionados en la lista anterior, en caso necesario.
12. DESCARGAR LA GUÍA DE IMPRIMIR LA NOTIFICACIÓN DE APROBACIÓN DE VISADO.
※ NO SE ATENDERÁN CONSULTAS TELEFÓNICAS ACERCA DEL VISADO DE TURISMO.
※ Para información de visado de otros propósitos de visita a Corea, PULSE AQUÍ
※ Todos los documentos entregados al Consulado quedarán archivados excepto el pasaporte original.
Si se presentan documentos extranjeros(por ejemplo, certificado bancario americano) que no sean coreanos o españoles, deberán ser legalizados y apostillados por el gobierno correspondiente.
IMPORTANTE: La presentación de la solicitud no garantiza la obtención de visado. Este Consulado no exige la compra del billete de avión. Si usted lo adquiere con antelación a la emisión de nuestro visado, la Embajada DECLINA CUALQUIER RESPONSABILIDAD en el caso de no poder realizar su viaje. ESTE CONSULADO NO SE RESPONSABILIZARÁ DE CAMBIOS DE ÚLTIMA HORA PROCEDENTES DE LAS AUTORIDADES COREANAS O DEL DEPARTAMENTO CONSULAR, POR LA EXIGENCIA DE MÁS DOCUMENTACIÓN O ESTUDIO MÁS EXHAUSTIVO DE LAS SOLICITUDES DE VISADO TRAS RECIBIR TODA LA DOCUMENTACIÓN ARRIBA MENCIONADA.
[JUN.2021]